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PROGRAMA DE ETIQUETADO

Estimados Clientes y Socios.

Desde el 2 de enero de 2014 rige la Ordenanza Interministerial Nº 104/13, de los Ministerios de Minas y Energía, Ciencia, Tecnología e Innovación y Desarrollo, Industria y Comercio, que determina el etiquetado obligatorio del aceite de transformadores de distribución hasta 300 kVA , certificando que el fabricante y el producto están aprobados de acuerdo con el PROGRAMA BRASILEÑO DE ETIQUETADO.

Le informamos que desde el 2 de enero de 2014, los transformadores de distribución ITB a aceite, con potencia de hasta 300 kVA, están siendo fabricados y etiquetados de conformidad con los requisitos del PROGRAMA BRASILEÑO DE ETIQUETADO, ya que cumplieron con todos los pasos obtener la autorización prevista en el programa. En cuanto a las existencias de transformadores de esta categoría fabricados hasta el 31/12/2013 y que no cumplan con esta norma, la Ordenanza N° 104/13 del 22/03/2013, establece los siguientes plazos para la comercialización/instalación sin el sello INMETRO :

  • Comercialización por fabricantes e importadores: hasta el 30/06/2014.

  • Venta por mayoristas y minoristas: hasta el 30/12/2014.

Por lo tanto, al adquirir transformadores de distribución a gasóleo hasta 300 kVA, evite inconvenientes y daños, observe si cumplen con las nuevas normas y los términos y condiciones determinados en la ordenanza antes mencionada. Los transformadores de esta categoría fabricados a partir del 01/01/2014 deberán contar con el sello INMETRO.

Si está interesado, consulte el sitio web oficial de INMETRO (www.inmetro.gov.br) para obtener una lista actualizada de las empresas de fabricación autorizadas por el PROGRAMA BRASILEÑO DE ETIQUETADO.

Tuyo sinceramente.

Luis Carlos Vitoretti

Gerente comercial.

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